Resumen: RESIST/GRAVE DESOBED AUTORID/AGENTE/PERS SEG PRIV
Resumen: PRIMERO.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 73.3.b) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde a la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia la instrucción y fallo de las causas penales que se sigan contra Jueces y Magistrados por los delitos o faltas que pudieran cometer en el ejercicio de sus funciones dentro de la respectiva Comunidad Autónoma, de lo que resulta que la competencia para el conocimiento de las presentes actuaciones, tal como expresa el informe del Ministerio Fiscal, viene atribuída a esta Sala.