• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARGARITA CUSCO TURELL
  • Nº Recurso: 551/2019
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA ISABEL MARTIN VALERO
  • Nº Recurso: 145/2017
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: IMPUESTOS ESTATALES:RENTA
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Alicante/Alacant
  • Ponente: CRISTINA MUÑOZ PEREZ
  • Nº Recurso: 464/2019
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARGARITA CUSCO TURELL
  • Nº Recurso: 899/2019
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: CARMEN MARIA RODRIGUEZ CASTRO
  • Nº Recurso: 49/2020
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Servicio Canario de Empleo recurre en suplicación la sentencia del Juzgado de lo Social que, con estimación parcial de la demanda, condena a dicho organismo al abono de cantidad en concepto de diferencia entre la hora ordinaria y la hora extraordinaria. La Sala de lo Social desestima el recurso, pues declarada inconstitucional y nula la DA 57 de la Ley 10/2012 de Presupuestos de Canarias para 2013, los acuerdos alcanzados dicho año para recuperar el 20% de la jornada también son nulos; por ello, habiéndose realizado una jornada de trabajo superior a su duración máxima, para recuperar la jornada reducida unilateralmente por el empresario, estamos ante un exceso de jornada que debe ser abonado como horas extraordinarias.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JORDI LLUIS FORGAS FOLCH
  • Nº Recurso: 1014/2019
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JUAN FRANCISCO GARNICA MARTIN
  • Nº Recurso: 1732/2019
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
  • Nº Recurso: 4862/2017
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Derecho de reembolso del cooperativista y plazo máximo de abono en una cooperativa integral, de viviendas y sanitaria, sometida a la Ley de Cooperativas de Castilla y León. La diferente función del capital social en las cooperativas (en cuanto responde a la actividad cooperativizada y es variable) afecta al reembolso cooperativo, que da lugar a una liquidación parcial del contrato de sociedad. Para atemperar las posibles consecuencias negativas del carácter abierto de la cooperativa (por ejemplo, la descapitalización o la drástica reducción de su base social), la legislación cooperativa admite cláusulas estatutarias que limiten temporalmente el derecho de reembolso derivado de la baja voluntaria. La norma autonómica aplicable limitaba a cinco años el plazo máximo que los estatutos podían imponer como compromiso de permanencia y, además, permite que en las cooperativas de viviendas, los estatutos condicionen la efectividad del reembolso al ingreso de un nuevo socio. Pero ello no significa que el socio no tenga derecho al reembolso por un tiempo que puede ser indefinido, y menos, que esté sometido a una circunstancia o condición que puede no tener lugar (en este caso, que no haya nadie dispuesto a ingresar en la cooperativa en su sustitución), puesto que tal interpretación conduciría, en tales casos, a la negación del derecho al reembolso. Se estima el recurso contra la sentencia que había desestimado el reembolso por falta de ingreso de un nuevo socio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JORGE RODRIGUEZ-ZAPATA PEREZ
  • Nº Recurso: 73/2018
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Inadmisión de recurso de alzada contra providencia dictada en relación con diligencias previas. Desestimación. La Sala ha decidido ya hasta en cuatro ocasiones, y en cuanto al fondo, reclamaciones prácticamente idénticas del mismo recurrente, y sus pretensiones podrían considerarse como juzgadas, siendo impertinente que la Sala proceda a reconstruir la demanda. No se aprecia lesión alguna de derechos fundamentales, que tampoco se razonan en forma consistente. En cuanto a la conformidad a Derecho de la resolución recurrida, la resolución que motivó la inadmisión de la alzada es ajustada a Derecho porque la impugnada tenía naturaleza jurisdiccional al afectar a un procedimiento penal en trámite, lo que impedía al CGPJ entrar en el examen de su contenido.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ANA MARIA NINOT MARTINEZ
  • Nº Recurso: 763/2018
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.